Podrán incorporarse a la Asociación Interprofesional de Ordenación del Territorio, FUNDICOT, como miembros de pleno derecho, aquellos licenciados o técnicos superiores, titulados en los Cursos de Postgrado de Ordenación del Territorio, o en los cursos organizados o promovidos por la Asociación que, por sus características, la Junta Directiva considere equivalentes al respecto. En este último caso, en la propaganda de los Cursos figurará el derecho a inscribirse como miembro asociado de FUNDICOT para los participantes que obtengan el Diploma correspondiente.
También podrán incorporarse como miembros de pleno derecho los profesores de dichos cursos, siempre que la Junta Directiva acepte su solicitud.
La Asociación también podrá admitir, como socios de pleno derecho, a todos aquellos profesionales conexos a sus fines, presentados por dos socios y cuya solicitud, a la vista de su "curriculum" profesional, sea aceptada por la Junta Directiva.
Los canditados a socios deberán ser mayores de edad, con capacidad de obrar y no sujetos a condición legal que lo impida.
El procedimiento de inscripción se iniciará mediante instancia del solicitante dirigida a la Junta Directiva o a la Junta de Sede correspondiente al lugar donde el candidato tenga su residencia.
Dicha instancia, que deberá contener la exposición de los motivos por los que se desea formar parte de la Asociación, irá acompañada de los documentos y justificantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Las solicitudes admitidas deberán ponerse en conocimiento de todos los miembros asociados para que, en un plazo no inferior a un mes, puedan hacer las observaciones que estimen pertinentes.
Una vez transcurrido el plazo previsto, la Junta Directiva, en la siguiente reunión, decidirá la admisión o denegación de la solicitud de ingreso. Dicho acuerdo no tendrá eficacia plena hasta su ratificación por la primera Asamblea General que se celebre.
Además de los socios ordinarios, podrán existir socios de honor y socios colectivos, que tendrán los derechos y obligaciones establecidos reglamentariamente.